MENORES

La responsabilidad penal del menor es exigible a estos s a partir de la comisión de un hecho delictivo tipificado en el Código Penal. La edad del menor determina las medidas que corresponden como respuesta a esa responsabilidad penal. La responsabilidad en España se regula con la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor, Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero.

En B&CH somos especialistas en la legislación reguladora de la responsabilidad penal del menor en todas sus fases:

  • Defensa Jurídica del Menor Infractor
  • Acusación particular de la Víctima Menor
  • Informes Criminológicos
  • Informes de Valoración del Riesgo
  • Propuestas de alternativas de Reinserción del Menor Infractor y sobre programas de reeducación.

Mediante nuestros especialistas, ofrecemos un servicio especializado a aquellas fundaciones sin ánimo de lucro que tienen responsabilidad sobre la atención a menores con responsabilidad penal y menores no acompañados, en relación sobre programas de prevención en radicalización.

Aportamos un equipo criminológico especialista en prevención del extremismo violento, fortaleciendo los valores para impedir posibles casos de radicalización en menores en situación de riesgo, evitando la desigualdad como causa de violencia y apoyando a los profesionales en su labor de educar y reeducar, proporcionado alternativas personalizadas en situaciones de posible radicalización.

Si tiene o cree tener, un problema relacionado con un menor, no dude en ponerse en contacto con nosotros desde la sección de Contacto, llamándonos por teléfono al 91 432 15 41, escribiéndonos un email a info@despachobch.com, o rellenando el siguiente formulario.

Contact Us